Saltar al contenido principal

Trabajo y movilidad profesional

Visa de Países Amigos

Está abierta a ciudadanos de un listado de países con relaciones amistosas, económicas y profesionales con Panamá. Desde agosto de 2021 exige acreditar una actividad económica concreta: un empleo formal en el país o la compra de un inmueble.

En qué consiste

Qué es esta categoría

Permite la residencia a ciudadanos de un listado de países con relaciones amistosas, económicas y profesionales con Panamá.

Desde agosto de 2021 debe cumplirse una de dos opciones de actividad económica: ser empleado en Panamá por una empresa panameña legalmente constituida, con contrato laboral formal y permiso de trabajo, o comprar una propiedad inmobiliaria por un valor mínimo de US$200,000.

Base legalDecreto Ejecutivo 343 de 2012, modificado por el Decreto 197 del 7 de mayo de 2021, vigente desde el 5 de agosto de 2021

Para quién es

  • Ciudadanos de los países incluidos en el listado del programa.
  • Profesionales con una oferta de empleo formal en una empresa panameña.
  • Compradores de vivienda o de inmuebles de inversión en Panamá.
  • Familias que trasladan su residencia al país de forma planificada.

Datos clave

Los números y plazos que importan

Vía laboral
Empleo en una empresa panameña legalmente constituida, con contrato formal y permiso de trabajo
Vía inmobiliaria
Compra de un inmueble desde US$200,000, con financiamiento bancario permitido
Proceso
Residencia provisional de 2 años, luego residencia permanente
Tiempo estimado
Alrededor de 6 meses por cada una de las dos etapas

Documentación

Documentos requeridos

Todo documento extranjero debe presentarse traducido al español y legalizado mediante apostilla o autenticación consular panameña.

  • Solicitud con poder notarial a favor de un abogado panameño.
  • Copia completa del pasaporte, notariada.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia de los últimos 2 años.
  • Si ha residido 2 años consecutivos en Panamá, los antecedentes pueden emitirse por la DIJ.
  • Prueba de solvencia económica.
  • Prueba de la actividad profesional o económica que desarrollará en Panamá.
  • Para la vía inmobiliaria: escritura del inmueble por un valor mínimo de US$200,000.
  • Para la vía laboral: contrato de trabajo y permiso de trabajo.

Cómo trabajamos

El proceso, etapa por etapa

  1. Verificación de nacionalidad y vía

    Confirmamos que su nacionalidad está en el listado y definimos si conviene la vía laboral o la inmobiliaria.

  2. Acreditación de la actividad económica

    Se formaliza el contrato de trabajo o la compra del inmueble y se reúne la prueba de solvencia.

  3. Residencia provisional

    Se presenta la solicitud y se obtiene la residencia provisional por dos años.

  4. Residencia permanente

    Cumplido el período, se solicita la residencia permanente con los documentos actualizados.

Consideraciones adicionales

  • Quien tenga residencia bajo este programa y busque un permiso de trabajo debe aportar además contrato de trabajo con la empresa, afiliación al seguro social y planilla reciente de la empresa.

Los montos, plazos y requisitos de esta página resumen la normativa migratoria vigente al momento de la revisión y pueden cambiar por decreto. Esta información es general, no constituye asesoría legal y no garantiza la aprobación de ningún trámite: cada caso debe evaluarse individualmente.

Contenido revisado en julio de 2026

Evaluemos si esta categoría aplica a su caso

Agende una evaluación inicial y reciba una revisión honesta de su elegibilidad, con la lista de documentos que necesitaría.