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Trabajo y movilidad profesional

Visa de Trabajo para Profesionales Extranjeros

Dirigida a profesionales extranjeros que desean ejercer y residir en Panamá. El punto de partida es verificar que la carrera no figure entre las profesiones reservadas por la Constitución a ciudadanos panameños.

En qué consiste

Qué es esta categoría

Permite a profesionales extranjeros trabajar y residir en Panamá, siempre que su carrera no esté reservada constitucionalmente para ciudadanos panameños.

Existe una lista de profesiones restringidas, que incluye por ejemplo la fonoaudiología y algunas terapias.

Para quién es

  • Profesionales con título universitario que buscan ejercer en Panamá.
  • Personas con una oferta de empleo de una empresa panameña.
  • Quienes ya residen temporalmente y quieren consolidar su estatus.
  • Empresas que contratan o relocalizan talento extranjero.

Datos clave

Los números y plazos que importan

Requisito de la profesión
La carrera debe estar dentro de la lista de campos permitidos para extranjeros
Transición a permanente
Tras 2 años como residente temporal
Condición para la permanente
Mantener empleo legal en Panamá y acreditar estabilidad financiera
Después de la permanente
No es necesario renovar el permiso de trabajo

Documentación

Documentos requeridos

Todo documento extranjero debe presentarse traducido al español y legalizado mediante apostilla o autenticación consular panameña.

  • Pasaporte válido, con copias de todas las páginas selladas.
  • Cuatro fotografías tamaño pasaporte, recientes y con fondo blanco.
  • Documentación autenticada del título universitario.
  • Verificación de que la profesión está dentro de la lista de campos permitidos para extranjeros.
  • Para pasar a residencia permanente: prueba de empleo legal vigente en Panamá y de estabilidad financiera.
  • Para pasar a residencia permanente: certificado de antecedentes penales de Panamá y del país de origen, sin cargos pendientes.

Cómo trabajamos

El proceso, etapa por etapa

  1. Revisión de la profesión

    Verificamos que su carrera no esté entre las reservadas constitucionalmente a ciudadanos panameños.

  2. Autenticación de credenciales

    Se autentica la documentación del título universitario y se prepara el expediente personal.

  3. Residencia temporal y permiso de trabajo

    Se presentan la solicitud migratoria y, cuando corresponde, el trámite laboral ante el ministerio competente.

  4. Residencia permanente

    Tras dos años como residente temporal, se solicita la permanente acreditando empleo y solvencia.

Consideraciones adicionales

  • El proceso de residencia y el de permiso de trabajo son trámites distintos e independientes.

Los montos, plazos y requisitos de esta página resumen la normativa migratoria vigente al momento de la revisión y pueden cambiar por decreto. Esta información es general, no constituye asesoría legal y no garantiza la aprobación de ningún trámite: cada caso debe evaluarse individualmente.

Contenido revisado en julio de 2026

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